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Vídeo de jornada de formación impartida por SIGFITO sobre nuevo Real Decreto sobre envases

Vídeo de jornada de formación impartida por SIGFITO sobre nuevo Real Decreto sobre envases imagen 1

En este vídeo SIGFITO expone los cambios que se harán a raíz de la nueva normativa de envases y que afectarán a todos los fabricantes de envases. (https://youtu.be/Mg2kfErK9Go)

He extraído, en forma de notas cortas, todo el contenido que me ha parecido interesante tener a mano. Aquí lo tenéis:

  • Inscripción en el registro de productor de producto.
  • Control a los envasadores.
  • Certificado de pertenencia a un sistema de RAP.
  • Reflejar número de registro en factura, albaranes (para que los distribuidores sepan que están inscritos en el registro).
  • Declaración anual: Obligación antes de 31 de marzo. Información de los productos que han puesto en el mercado.
  • Menos de 10 toneladas envases industriales agregada los fabricantes de envases dando información agregada de la puesta en el mercado. Menos de 15 toneladas el envasador dará la información simplificada.
  • Mostrar en factura la contribución al scrap en la factura (solo si es colectiva) por artículo o global.
  • Pueden estar en varios scrap o sirap pero solo un producto por scrap o sirap (envase). Notificar cambio antes del 4 trimestre.

Cómo van a cubrir sus obligaciones y objetivos en un scrap

Básicamente, si hay que recoger más envases por las cantidades mínimas se tendrá que pagar más en la cuota.

Las tarifas tiene que ser públicas y tiene que ser iguales para todos los envases similares no varia por envasador.

Las garantías financieras tienen que estar depositadas en la administración. Van a subir  la transparencia y el servicio universal (en todas zonas).

Concurso público para contratar a los gestores.

Auditar las memorias anuales.

Tema de red de recogida.

El derecho que tiene todos los usuarios y tener el justificante de entrega.

Responsable el envasador de que esto funcione así.

Planes empresariales de prevención ahora sera 1 solo plan no uno por comunidad y quinquenal.

Tema de comunicar, tiene que informar a los envasadores, a los puntos de recogida y a los usuarios como se tienen que hacer las cosas, invertir en comunicación.

Les facilitan el ahorro estimado de CO2.


Inscripción en el ministerio:
Le han pedido al ministerio, para que se puedan sacar un fichero para añadir el sistema.

sigfito@sigfito 917161130


Plazos previstos para la inscripción: 3 meses de la publicación de la ley.

Para los ya obligados en ese momento, para los voluntarios entrará en vigor más adelante.

La declaración de los envases puestos en el mercado 2021 a los 6 meses de la entrada en vigor y a los 9 meses la de 2022.

La ley dice, si tienes envases de distintas categorías: industrial, doméstico, comercial. Pueden estar en distintas categorías en distintos sistemas.

Si los puedes tener si son dos envases diferentes.

Novedad: ecomodulación, tienen una prima o una penalización según lo que sean buenos y malos

¿Qué plazos las empresas para adherirse a un scrap?

¿Pueden adherirse o seguir sistema actual finales 2025 como máximo marca Europa?

La responsabilidad es del fabricante pero también del consumidor.

En los industriales, les aplica la obligación 7/2022 la correcta gestión de los residuos que genera. Puedes exigir que el sistema colectivo te de un lugar donde entregar los residuos. Ellos te dan un albarán con la entrega de residuos.

No se puede poner residuo 0 en la etiqueta.

Lo que dice, es que hay que enviar cualquier cosa que indique al consumidor que no incite al consumidor a tirar el envase (abandono) que no incite al abandono.

En 2023 hay que pagar por los envases importados. Los propios fabricantes de los envases van a pagar impuesto, solo a territorio español. El sistema es complejo, hay una guía con preguntas y respuesta de hacienda.

Los envases reutilizables tienen que ir en un SDDR. Solo pueden ir por SDDR.

Si incumple el SCRAP también es responsable el envasador.

Le da un papel mas protagonista dentro del sistema, son responsables los envasadores de que el sistema cumpla, es responsable el envasador, es del fabricante.

El envasador es el primero que pone el producto en el mercado. Si el envasador no está identificado, la pagina web, o la plataforma de distribución.

Un extranjero tiene que darse de alta aquí teniendo un representante legal en territorio nacional.

Los productos importados de fuera, o el fabricante pone un representante legal, o si no lo tienen el importador, o el distribuidor figura su número de registro.

Las empresas se pueden adherir en cualquier momento. Pueden poner sus productos en el mercado con el logotipo del sistema, si no están obligadas, posiblemente dentro de año y medio.

 

David Izquierdo Cebollada
CEO
Container Loop

 

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