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Objetivos de reutilización y reciclaje
Cómo afecta la nueva ley de residuos 7/2022 al sector de los fabricantes de envases.
La Unión Europea se comprometió a unos objetivos de desarrollo sostenible dentro de la agenda 2030 que fueron firmados por 193 países.
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluidos en la Agenda 2030 y en particular a los objetivos 12 –producción y consumo sostenibles–, 13 – acción por el clima- y 14 –vida submarina–. Asimismo, en el ámbito de su contribución a la lucha contra el cambio climático, esta ley es coherente con la planificación en materia de energía y clima.
Con el ánimo de transformar la Unión Europea en una «sociedad del reciclado» y contribuir a la lucha contra el cambio climático, se aprobó en 2008 la Directiva 2008/98/CE. Esta nueva directiva estableció el principio de jerarquía de residuos como instrumento clave que permitía disociar la relación existente entre el crecimiento económico y la producción de residuos.
La Directiva 2008/98/CE, se traspuso a la ley Española en la Ley 7/2022 de 8 de abril, entrando en vigor el 10/04/2022.
Algunos de los objetivos que marca la ley son:
Artículo 17. Objetivos de la prevención de residuos.
a) En 2025, un 13 % respecto a los generados en 2010.
b) En 2030, un 15 % respecto a los generados en 2010.
Artículo 26. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización.
La cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50 % en peso.
a) La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, incluidas las operaciones de relleno, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los producidos.
b) Para 2025, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 55% en peso; al menos un 5% en peso respecto al total corresponderá a la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles…
c) Para 2030, se aumentará la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 60% en peso; al menos un 10% en peso respecto al total corresponderá a la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles...
d) Para 2035, se aumentará la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 65% en peso; al menos un 15% en peso respecto al total corresponderá la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles...
Artículo 55. Reducción del consumo de determinados productos de plástico de un solo uso.
a) En 2026, se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022.
b) En 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2022.
Artículo 59. Recogida separada de botellas de plástico.
a) A más tardar en 2023, el 70 % en peso respecto al introducido en el mercado;
b) A más tardar en 2025, el 77 % en peso respecto al introducido en el mercado;
c) A más tardar en 2027, el 85 % en peso respecto al introducido en el mercado;
d) A más tardar en 2029, el 90 % en peso respecto al introducido en el mercado.
Como se puede ver los objetivos son muy ambiciosos, y dentro de la ley se establecen muchas medidas para conseguirlo.
Sobre esta información, y más detalles, puedes informarte en ContainerLoop, donde tenemos podcats y eBooks sobre gestión de residuos.
David Izquierdo
CEO Container Loop